Requerimientos Legales Bolivia

Para realizar shows aéreos de drones en Bolivia, es esencial cumplir con las regulaciones establecidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). A continuación, se detallan los pasos necesarios para operar legalmente:

  1. Clasificación del Dron:
    • Los drones se clasifican según su peso máximo de despegue:
      • RPA Pequeña: De 0 a 199 gramos.
      • RPA Mediana: De 200 gramos hasta 35 kg.
    • Las regulaciones se aplican principalmente a drones de categoría Mediana. dgac.gob.bo
  2. Registro del Dron:
    • Es obligatorio registrar los drones con un peso de despegue igual o superior a 200 gramos y hasta 35 kg en la DGAC.
    • El operador debe tener al menos 18 años para completar el registro.
    • El proceso de registro se realiza en línea a través del sitio web de la DGAC, donde se debe completar el formulario correspondiente. dgac.gob.bo
    • Una vez registrado, se asignará un número que debe colocarse en un lugar visible del dron.
  3. Clasificación de las Operaciones:
    • Operaciones Recreativas:
      • Para drones con un peso inferior a 6 kg, no se requiere autorización expresa, pero deben seguir las normas generales de operación.
    • Operaciones de Trabajo Aéreo:
      • Incluyen actividades como filmación, levantamientos topográficos, transporte de carga y otras aplicaciones comerciales.
      • Requieren autorización previa mediante la presentación de una solicitud a la DGAC al menos 10 días hábiles antes del vuelo.
      • La solicitud debe incluir detalles del operador, el dron y el propósito del vuelo. dgac.gob.bo
  4. Normas de Vuelo:
    • Operar el dron manteniendo siempre contacto visual directo sin ayudas ópticas.
    • No volar sobre áreas densamente pobladas, concentraciones de personas, zonas militares, instalaciones gubernamentales o aeropuertos sin la debida autorización.
    • Respetar una altura máxima de vuelo de 120 metros (400 pies) sobre el nivel del suelo.
    • Operar únicamente durante el día y en condiciones meteorológicas favorables.
    • Mantener una distancia mínima de 6 km de aeródromos y helipuertos. dgac.gob.bo
  5. Prohibiciones:
    • Está prohibido transportar mercancías peligrosas o realizar actividades de rociado o lanzamiento de objetos sin autorización.
    • No se permite la operación desde vehículos en movimiento o bajo la influencia de alcohol o drogas.
    • Está prohibido operar drones en zonas prohibidas o restringidas, como áreas militares, instalaciones gubernamentales y otras áreas sensibles. dgac.gob.bo
  6. Notificación de Incidentes:
    • Cualquier incidente debe ser reportado a la DGAC dentro de las 72 horas posteriores al evento, utilizando el formulario disponible en su sitio web. dgac.gob.bo
  7. Seguro de Responsabilidad Civil:
    • Aunque no se menciona explícitamente en la normativa disponible, es recomendable contar con un seguro que cubra posibles daños a terceros durante la operación del dron.
  8. Coordinación con Autoridades Locales:
    • Para la realización de shows aéreos de drones, especialmente en áreas urbanas o durante eventos públicos, es aconsejable coordinar con las autoridades locales y obtener los permisos necesarios para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.

      Datos de contacto:

      Teléfono: +591 2 244 4450
    • Dirección: Avenida Arce 2631, Edificio Multicine, piso 9, La Paz, Bolivia
    • Teléfono y fax de El Alto: (02) 2822895, 2147468, 2147501
    • Teléfono y fax de Cochabamba: (04) 4590837, 4591983

Cumplir con estos pasos es esencial para operar legalmente y de manera segura en Bolivia. Se recomienda mantenerse actualizado sobre posibles cambios en la normativa consultando regularmente las comunicaciones oficiales de la DGAC.

dgac.gob.bo


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